Cierre de centro de trabajo, baja medica y vacaciones

ona comenta:

El mes pasado hice una consulta sobre este tema.

Viendo tu respuesta, "En cuanto a la pregunta respecto a las vacaciones es quizá la más polémica de todas y en principio se está a lo que diga el convenio, ya que a nivel legislativo y jurisprudencial hay opiniones encontradas. El artículo 30 del citado convenio dice que: Si el trabajador sufriera un accidente de trabajo y el período de baja coincidiera con el de disfrute de las vacaciones, tendrá derecho, al finalizar la suspensión, a disfrutar de los días de vacaciones que hayan coincidido con la baja."

Mi marido lo ha comunicado a la empresa y le dicen que no le corresponden porque las vacaciones están establecidas así porque la empresa cierra. ¿¿ En ningún sitio pone que esto sea así, verdad??? A mi entender la semana de vacaciones se la deben igual cierre o no cierre ésta, ¿ o sólo se aplica en el caso de que las vacaciones sean individualizadas?? Muchas gracias!

Con la nueva jurisprudencia que ha salido a la luz recientemente (que dice que las vacaciones, si de por medio aparece una incapacidad temporal, se disfrutarán en otra fecha) lo que marca el convenio pasa a ser de aplicación general lo diga o no el convenio, y por tanto si tu marido ha estado de baja tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones en fecha distinta, o en caso de que por el cierre de la empresa no pueda, les sean abonadas y cotizadas a la extinción de su contrato. De continuar la empresa en esa posición deberás interponer demanda por vacaciones, que como refleja el estatuto de los trabajadores, se debe resolver con celeridad.

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