oct 09
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Irregularidades de cotización durante ERE Temporal
Javier nos cuenta:
Desde febrero del presente año, la empresa donde trabajo acordó junto con los trabajadores un ere temporal, en dicho ere temporal se estipularon una serie de dÃas a la semana de regulación, en nuestro caso todos los viernes de cada semana y algún que otro jueves, este hecho es flexible pues dependiendo de los volúmenes de producción se ven afectados un numero determinados de trabajadores, por cada dÃa de ere que el trabajador es regulado, al parecer equivale a 1,25 dÃas de prestación por desempleo, es decir suponiendo que estas 2 dÃas de ere, equivale a 2,50 dÃas de prestación, y que al parecer al aplicar un redondeo realmente estas regulado 3 dÃas, que son en definitiva los dÃas a percibir de prestación.
Introducida esta breve descripción del modelo de ere que acordamos, mi pregunta es la siguiente, en mi caso he recibido el informe de mi vida laboral, hasta fecha del mes de junio del presente año, y he detectado un error en dicho informe, concretamente en el mes de abril, en el cual estuve 3 dÃas de ere reales mas el redondeo hacen un total de 4 dÃas de prestación, dicho dÃa de redondea entiendo que se aplican utilizando para ellos los dÃas fines de semana (sábados y domingos), pues bien en dicho informa de vida laboral me aparece el 1 de abril (miércoles) como no activo laboralmente, cuando realmente he estado presente en mi puesto de trabajo, detectado esta anomalÃa me puse en contacto con el departamento de personal y me contestaron que aplican el redondeo en cualquier dÃa y que a efectos de computo de dÃas de regulación da igual, yo insisto en que es una irregularidad pues según la legislación laboral no puedes estar no activo a efectos de empleo y trabajando a la vez, pues están incumpliendo la ley y por tanto no procede.
¿funciona realmente asÃ, y te puede aparecer en tu informe de vida laboral dÃas de no actividad, cuando realmente has estado presente en tu puesto de trabajo, por supuesto supervisado por el control de asistencia que tenemos instalado en planta, pues esta justificada la asistencia?, ya he recurrido a la TesorerÃa de la Seguridad social, y me remiten al departamento de personal de mi empresa y al INEM, para subsanar el posible error. ¿que pasos debo seguir?, el comité de empresa esta informado, pero se remiten a que puede pasar, de hecho no soy el único afectado, al parecer hay una inmensa mayorÃa.
El informe de vida laboral lo facilita la TesorerÃa General de la Seguridad Social en función de los datos aportados por las empresas o los obligados a cotizar (como el INEM en casos de prestaciones por desempleo). Por tanto es posible que se generen esas diferencias si las empresas informan mal de esta situación. Por tanto deberÃas informar de esta situación al INEM para que efectúe las correspondientes actuaciones de cara a clarificar la actuación. También es recomendable comunicar esta situación a la Inspección de Trabajo de cara a que haga las oportunas diligencias para averiguar si el proceder de la empresa en esta situación es correcto o no. También además de las vias administrativas de solución deberÃais valorar la posibilidad de reclamar judicialmente ante la jurisdicción social.






