Despido disciplinario y prestaciones por desempleo

R.F. pregunta:

He escuchado que en el caso de un despido disciplinario el INEM penaliza con tres meses de paro.

Desde el año 2002, con independencia de si se impugna o no el despido, en España se puede cobrar la prestación por desempleo, siempre que se reúnan las condiciones de cotización por desempleo (haber cotizado durante más de 360 días). +Info

No obstante, el cobro de prestaciones está sometido a lo indicado en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, por lo cual, en el caso de que se demuestre fraude con el fin de obtener el derecho a prestaciones podría acarrear la pérdida de estas, etc.

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