Vacaciones en un contrato a tiempo parcial y dudas sobre el periodo de prueba

Rebeca nos cuenta:

Trabajo de administrativa con un contrato laboral de 20h semanales-media jornada. Aunque trabajo de administrativa,en el contrato me ponen que soy ‘botones’ porque me pagan tan poco que alegan que esa es mi categoría. Llevo en la empresa desde mayo y mi contrato es de obra y finaliza en octubre. Me he cogido ya 3 días de vacaciones y me dicen que me queda solo 1 día mas porque como trabajo a jornada parcial, me corresponde 1 día de vacaciones por mes trabajado en vez de 2.

Específicamente en el contrato pone que mis vacaciones serán de 30 días naturales pero mi jefa me dice que sólo me corresponde 1 día de vacaciones por mes trabajado porque estoy a jornada parcial, y no 2 días como todo el mundo. Ya me he cogido 3 días y quería coger otros 3 para septiembre, pero me dicen que solo me queda 1 día por disfrutar. Amablemente, mi jefa me ha dicho que podre coger esos 3 días pero que tendré que recuperar dos días quedándome mas tiempo en la oficina!! Es esto correcto? Me están tomando el pelo, verdad? Cierto es que podrían negarse a concederme vacaciones debido a la actividad que realizamos relacionada con la temporada taurina que acaba en octubre?
Asimismo en el contrato pone como clausula adicional “la situación de incapacidad laboral no interrumpe la duración del periodo de prueba establecido ni la del propio contrato” Que significa esto?? Si me pongo enferma, tengo que ir a trabajar??
Y sobre la categoría de “botones” es algo usual que hacen las empresas para pagar menos a sus trabajadores? la verdad que encima de pagar poco, siempre tengo que quedarme un rato mas para poder dejar las tareas casi acabadas!!

Como ya hemos indicado en las dudas que han ido surgiendo previamente sobre el tema vacaciones las vacaciones son por días naturales, es decir, si se cumple el requisito de haber trabajado durante un año, se tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones, o la parte proporcional si la duración del contrato fuera inferior.  Pero la duración de días naturales no hace distinción entre trabajador a jornada completa o a tiempo parcial. Al fin y al cabo el trabajador estaría descansando de tener que asistir a sus “medias jornadas” de trabajo durante esas vacaciones, al igual que el trabajador a jornada completa lo hace de sus jornadas a tiempo completo.

Aunque no hagas mención a tu puesto de trabajo como “botones”, es una irregularidad por desgracia demasiado habitual en el puesto la de poner en el contrato de trabajo categorías inferiores a la que realmente se ocupa para pagar un salario menor al establecido por el convenio. Es recomendable que te documentes lo máximo posible sobre las tareas que en la empresa tienen tu puesto y el puesto de botones, por si quisieras defender la categoría que realmente desempeñas y los salarios que te corresponden.

En cuanto a la cuestión del periodo de prueba, solo significa que en caso de estar de baja por IT el periodo de prueba sigue contando, pero no que se te obligue a trabajar ni nada por el estilo. Es una cláusula habitual que surge como aplicación del artículo 14.3 del Estatuto de los Trabajadores que dice que:

3. Transcurrido el período de prueba sin que se haya producido el desistimiento, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antigüedad del trabajador en la empresa.

Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, y adopción o acogimiento, que afecten al trabajador durante el período de prueba, interrumpen el cómputo del mismo siempre que se produzca acuerdo entre ambas partes.

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21 Respuestas a "Vacaciones en un contrato a tiempo parcial y dudas sobre el periodo de prueba"

  • rebeca says:
  • ruben says:
  • ruben says:
  • Esther says:
  • pedro says:
  • PEDRO says:
  • Fernando Ortuño says:
  • Briseida says:
  • yoli says:
  • yoli says:
  • ROMMEL says:
    • Fernando Ortuño says:
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