Reclamación previa al estado por salarios de tramitación

Juan Carlos nos traslada la siguiente duda:

Tengo que presentar una reclamación previa por el transcurso de más 60 días en la notificación de la sentencia por un despido improcedente en Madrid pero no tengo un modelo de reclamación y no sé a quien dirigir la reclamación.

Continuar Leyendo

Comparte y disfruta:
  • Digg
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Google Bookmarks
  • BarraPunto
  • Bitacoras.com
  • email
  • Live
  • Meneame
  • MSN Reporter
  • MySpace
  • PDF
  • Ping.fm
  • RSS
  • Slashdot
  • Technorati
  • Yahoo! Bookmarks

Ejecución de sentencias

Fernando pregunta:

Hola, a la empresa en que trabajo le he interpuesto 2 demandas por impago de salarios. Ambos juicios  los he ganado. En el 1º ya se ha publicado la ejecución de la sentencia en el Boletín Oficial de la provincia o sino se produce embargar a la empresa. En el Boletín aparece la cantidad que me deben mas las costas por demoras. Me gustaría saber:

  • Desde que se ejecuta la sentencia hasta que cobre cuanto tiempo puede pasar.
  • Ahora ya me tienen que pagar demoras, aparte de los salarios adeudados como ha salido en el Boletín, ¿como se calculan los intereses porque cada día que pasa los costes de las demoras aumentan, no ?
  • Puede la empresa paralizar la ejecución de una sentencia en firme de lo Social.

Continuar Leyendo

Comparte y disfruta:
  • Digg
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Google Bookmarks
  • BarraPunto
  • Bitacoras.com
  • email
  • Live
  • Meneame
  • MSN Reporter
  • MySpace
  • PDF
  • Ping.fm
  • RSS
  • Slashdot
  • Technorati
  • Yahoo! Bookmarks

Trabajador pierde el derecho a ser readmitido tras un despido nulo

David D. me envía un artículo sobre una sentencia del año 2005 del TSJ de Extremadura sobre la pérdida del derecho de un trabajador a ser readmitido al no haber solicitado la ejecución de la sentencia.

La Sala desestimó el recurso por entender que la solicitud se había efectuado fuera del plazo establecido para solicitar la ejecución del fallo ante el Juzgado de lo Social cuando el empresario no procede a la readmisión del trabajador.

No se puede apreciar interrupción de la prescripción con la alegación que manifiesta la existencia de negociaciones con la empresa ya que no fueron comunicadas por el trabajador ni en su escrito solicitando la ejecución, ni en la comparecencia ni en el recurso de reposición que interpuso contra la primera resolución que denegaba la ejecución, por lo que tal alegación, ahora en el recurso constituye una cuestión nueva que no puede ser resuelta para no causar indefensión a la otra parte.

La sentencia completa en expansionyempleo.com

Comparte y disfruta:
  • Digg
  • del.icio.us
  • Facebook
  • Google Bookmarks
  • BarraPunto
  • Bitacoras.com
  • email
  • Live
  • Meneame
  • MSN Reporter
  • MySpace
  • PDF
  • Ping.fm
  • RSS
  • Slashdot
  • Technorati
  • Yahoo! Bookmarks